Por decreto, el Ejecutivo adoptó otra figura, lo que implica un cambio sustancial para quienes deben trabajar en esas jornadas. Los detalles.
El Gobierno estableció esta semana los tradicionales feriados con fines turísticos que habrá en 2025. Lo hizo a través del Decreto 1027/2024, publicado en el Boletín Oficial, en el que dispuso un cambio de denominación que va más allá de lo meramente formal: dispuso que en lugar de “feriados con fines turísticos” habrá “días no laborables con fines turísticos”.
El ajuste, aunque sutil, tiene importantes implicancias para los trabajadores a los fines de la remuneración que le correponde percibir a quien debe trabajar en esos días.
El decreto, que lleva la firma de Javier Milei y del jefe de Gabinete Guillermo Francos, cita en sus considerandos el artículo 6° de la Ley N° 27.399, que habilita al Poder Ejecutivo a fijar anualmente tres días feriados o no laborables con el objetivo de promover la actividad turística dentro del país. Estos días deben coincidir con un lunes o viernes a fin de generar un fin de semana largo.
Feriados 2025: los tres días no laborables con fines turísticos
- Viernes 2 de mayo: Complementa el feriado del jueves 1 de mayo, Día del Trabajador.
- Viernes 15 de agosto: Enlaza con el lunes 18, en conmemoración del paso a la inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladado del 17 de agosto).
- Viernes 21 de noviembre: Complementa el feriado del jueves 20, Día de la Soberanía Nacional.
Feriado y día no laborable: la diferencia “clave”
Como antes se mencionó, el cambio de “feriado” a “día no laborable” que dispone el decreto para los tres puentes, impacta de lleno en la remuneración que percibirán quienes tengan que trabajar en esos días, que será menor.
Ello se desprende lo que dispone el artículo 181° de la Ley Nº 20.744. de Contrato de Trabajo que señala que:
- En el caso de los feriados son días de descanso obligatorio o, dicho de otra forma, aplican las normales legales del descanso dominical. Por ello, si un empleado trabaja, tiene derecho a recibir el doble de su salario habitual por esa jornada.
- En cambio, en el caso del día no laborable la decisión de otorgar el día libre queda a discreción del empleador. Si se decide trabajar, el empleado percibirá su salario normal, sin el adicional que corresponde a los feriados.
El calendario completo de feriados para 2025
- 1° de enero (miércoles): Año Nuevo
- 3 y 4 de marzo (lunes y martes): Carnaval
- 24 de marzo (lunes): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- 2 de abril (miércoles): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 18 de abril (viernes): Viernes Santo
- 1° de mayo (jueves): Día del Trabajador
- 25 de mayo (domingo): Día de la Revolución de Mayo
- 20 de junio (viernes): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- 9 de julio (miércoles): Día de la Independencia
- 8 de diciembre (lunes): Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre (jueves): Navidad
Fines de semana largo: el impacto en el turismo y la economía
El establecimiento de días no laborables con fines turísticos busca estimular al sector turístico. Al generar fines de semana largos, se promueve el movimiento interno y ayuda a reducir la estacionalidad que por naturaleza tiene la industrica.
Al establecer días festivos o no laborables específicamente para el turismo, se da a los trabajadores la oportunidad de viajar sin interferir con su jornada laboral
Sin embargo, el cambio mencionado podría impactar en la adhesión del sector privado y limitar los beneficios económicos esperados si los empleadores deciden no otorgar estos días dado que, al no tener que pagar doble, podrían optar por trabajarlos.
Por caso, durante el feriado largo de octubre viajaron por el país 1,4 millones de turistas y gastaron $228.479 millones. Habrá que ver si esa cifra se mantiene o reduce durante el próximo año.