Punto Convergente

Del teletrabajo a la IA: 7 claves del nuevo proyecto que busca regular el trabajo de los periodistas

Tras la derogación del estatuto del periodista, FATPREN y SiPreBA presentaron en el Senado un proyecto que mantiene derechos históricos y suma IA, teletrabajo y nuevas licencias.

Gremios de prensa de todo el país presentaron el 6 de junio en el Senado de la Nación el proyecto para un nuevo Estatuto del Periodista Profesional, que busca reemplazar a la histórica Ley 12.908 antes de que su derogación se vuelva efectiva. La presentación se realizó en el Salón Illia del Congreso ante la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión, presidida por la senadora Carolina Moisés. 

La iniciativa, que busca blindar los derechos de los periodistas antes de la derogación del estatuto, fue defendida por Carla Gaudensi, secretaria general de FATPREN, quien destacó el carácter histórico de la norma: “No podemos permitirnos que en esta democracia se derogue el estatuto que ha sido vanguardia en el mundo; necesitamos esa protección para garantizar que el periodismo siga siendo un rol social y no una mercancía”. 

Carla Gaudensi, secretaria general de FATPREN. (Cortesía SiPreBA)

En el plenario también se escucharon advertencias sobre el estado actual de la profesión. La periodista Gabriela Pepe señaló que “el 65% de los periodistas, en su trabajo principal, cobra un salario que está por debajo de la línea de pobreza”, mientras que Mariano Obarrio apuntó contra el uso no regulado de la tecnología: “la inteligencia artificial está usurpando, plagiando contenidos de los medios periodísticos”. Participaron también representantes de FATPREN, CISPREN, la Asociación de Periodistas de Corrientes y la Asociación de Prensa de Santa Fe. 

El texto completo del proyecto ya está disponible y condensa el articulado de más de 80 a menos de 30 artículos.

Qué establecía la Ley 12.908 y por qué se deroga

Sancionada en 1946, el estatuto del periodista fue durante 80 años el pilar de los derechos laborales del periodismo argentino: una Matrícula Nacional de Periodistas obligatoria, categorías rígidas con sueldos fijados por escala, y estabilidad frente al despido arbitrario.

Puede verse la sesión completa en el canal del Senado.

Lamentablemente este estatuto se aplicó parcialmente o, en el caso del interior, no se aplicó nunca. Más aún, en el área metropolitana muchas empresas de medios comenzaron a acordar aumentos unilaterales para sus periodistas. En el ámbito del AMBA, la UTPBA tuvo una pobre performance a la hora de presionar por la plena vigencia de la norma, tanto es así que el SiPreBA emerge por la pérdida de representativada de la primera (tenía tan pocos afiliados que no llegaba al piso mínimo requerido).

Esa vigencia llegó a su fin con la Ley 27.802, la Ley de Modernización Laboral aprobada por el Congreso el 27 de febrero de 2026, que dispuso la derogación del Estatuto con efecto desde el 1° de enero de 2027.

La derogación no fue una decisión pensada para el periodismo en particular, sino parte de un paquete más amplio de desregulación impulsado por el gobierno de Javier Milei: la Ley de Modernización Laboral. Sin un régimen propio, los periodistas, quedarían bajo la Ley de Contrato de Trabajo general, sin la estabilidad ni las escalas salariales que garantiza el estatuto aún vigente, algo que especialistas en derecho laboral describen como un incentivo al despido. 

El proyecto establace quela IA solo puede usarse como asistente complementario. No puede reemplazar la producción humana, y el empleador debe capacitar a su personal.

El plazo hasta 2027, además, fue una concesión arrancada en la negociación legislativa y no un gesto espontáneo del oficialismo, por lo que la urgencia real no pasa por esa fecha sino por el cierre del período de sesiones ordinarias, a fin de noviembre.

Qué cambia y qué se mantiene

Comparando ambos textos artículo por artículo, el proyecto elimina por completo la vieja Matrícula obligatoria y la reemplaza por un registro voluntario gestionado por los propios sindicatos. También desaparecen las diez categorías rígidas de la ley vieja (aspirante, cronista, redactor, editorialista, etc.), reemplazadas por seis áreas profesionales más flexibles que no dependen del soporte (gráfico, digital, TV, radio o streaming) sino de la tarea realizada.

Hay además una continuidad poco visible pero significativa: la ley de 1946 ya preveía un seguro especial para periodistas enviados a cubrir “guerra nacional o civil, revoluciones, viajes a través de regiones inseguras”. El proyecto de 2026 actualiza ese mismo espíritu protector, pero aplicado a la represión policial en coberturas de manifestaciones, con prohibición expresa de secuestrar cámaras o equipos de trabajo.

Lo enteramente nuevo es lo que no existía en 1946. Estos son los siete ejes que distinguen el proyecto de la norma original:

  • Cláusula de conciencia: el periodista puede rescindir su contrato con indemnización completa si el medio cambia sustancialmente su línea editorial de forma incompatible con sus convicciones.
  • Regulación de la inteligencia artificial: la IA solo puede usarse como asistente complementario. No puede reemplazar la producción humana, y el empleador debe capacitar a su personal.
  • Teletrabajo y desconexión digital: modalidad voluntaria y reversible, con derecho a no recibir directivas fuera del horario laboral.
  • Licencias de cuidado: 14 semanas para la persona gestante, 14 días para el progenitor no gestante, 30 días por adopción y 10 días por año para cuidado familiar.
  • Violencia de género: licencia paga de hasta 15 días por año y protocolos obligatorios de prevención en la redacción.
  • Salario mínimo profesional: deja de fijarse en sumas de pesos y pasa a atarse a la canasta básica familiar del INDEC, lo que lo hace automáticamente actualizable.
  • Negociación con plataformas: se habilita la negociación colectiva con Google, Meta y otras plataformas para que los periodistas sean retribuidos por el uso de sus producciones.

Cómo sigue el debate

La iniciativa ya suma respaldo de bloques como la UCR, el peronismo y Convicción Federal. Pero la verdadera carrera contra el reloj no es la del 1° de enero de 2027, fecha en que la vieja ley deja de tener efecto, sino una anterior: el período de sesiones ordinarias del Congreso cierra a fin de noviembre, y tratar el proyecto en sesiones extraordinarias luce poco probable. Esa es, en la práctica, la ventana real que tienen los gremios para conseguir la aprobación antes de que el Estatuto quede sin reemplazo.

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