Asociaciones y empresarios piden cambios a la Ley de Semillas. Qué es el “uso propio” en soja, maíz y trigo y por qué quieren modificarlo
La Ley de semillas volvió a estar en discusión. Lanormativa actual fue promulgada en 1973 y en 1991 se redactó su decreto reglamentario juntola creación del Instituto Nacional de la Semilla (INASE). Desde entonces hubo muchos cambios y la industria pide que se adapte
Uno de los puntos centrales es el alcance del mejoramiento genético de la semillas a través de la hibridación. Por un lado están las semillas híbridas entre las cuales se encuentran el maíz y el girasol y por el otro están las semillas autógamas, como lo son el trigo y la soja, entre otros.
El foco está más que nada colocado sobre la soja, un cultivo que importa uno de los complejos agroindustriales más grandes del mundo. El complejo sojero es siempre el de mayor incidencia en las exportaciones y casi duplica a otros granos. En 2023 con la sequía, fue más de 17.000 millones de dólares de las exportacines totales que fueron 66.000 millones de dólares.
Soja e innovación
Uno de los planteos centrales tiene que ver con los derechos de propiedad intelectual. Los cultivos autógamos, entre los cuales se encuentra la soja no pierden sus características heredables.
Esto le permite a los productores que compran las semillas guardar parte de los granos cosechados para volver a sembrar al año siguiente. A esta acción se la llama” “uso propio”.
Alfredo Paseyro, Director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Semilleros, señaló que con las semillas híbridas el empresario semillero gana y reinvierte en promedio el 9% de la facturación en investigación y desarrollo, y explicó que la soja debería tener el mismo circuito que el maíz donde todos los años se compra la semilla para sembrar.
“Si hubiésemos hecho algo similar con la soja, en los últimos años la tasa de mejoramiento genético en vez de ser del 2% hubiese sido del 3% y este año Argentina hubiese generado 4.000 millones de dólares más”, estimó Paseyro.
Las semillas de soja y el “uso propio“
Paseyro explicó que desarrollar cualquier semilla lleva entre 8 y 10 años. Una vez que se logra ese producto, se lo inscribe en el INASE que lo evalúa y le da a su creador un título de propiedad por 20 años. Allí comienza la discusión de las regalías.
Mientras que el artículo 27 de la Ley autoriza a la reserva y siembra de semillas para uso propio sin necesidad de autorización del obtentor, los artículos 41 y 42 del decreto reglamentario especifican que sí se necesita autorización del obtentor para distintas acciones como lo son la producción, reproducción, acondicionamiento, oferta, venta o exportación de la semillas, entre otras.
Más adelante el artículo 44 del decreto dice que no se necesita autorización del obtentor para que un agricultor pueda hacer uso propio, y adicionalmente, define al uso propio como la reserva y el uso de producto de la cosecha como simiente en su propia explotación.
Por otro lado está el tratado internacional UPOV 78, que establece que los productores o agricultores que se guarden semilla para sembrar nuevamente deberían informar al obtentor que lo han hecho, y en este caso, el obtentor tendría el derecho de cobrar una regalía, por kilo o por ha.
Estas contradicciones enmarcan el debate acerca de la autorización que deben solicitar cuando hay un fin comercial.
¿Se necesita una nueva Ley de Semillas?
Pablo Vaquero, ex vicepresidente de Monsanto en Argentina y actual presidente y CEO de Gensus SA, considera que no están dadas las condiciones para trabajar en una nueva Ley de semillas.
Consideró que el Estado, a través del INASE, y los privados mediante acuerdos con los productores de manera individual y utilizando las reglamentaciones que hoy existen, puedan ir dando un nuevo orden para que se cumpla con la Ley actual. Logrado esto sí se podría legislar una nueva Ley de Semillas.
Argentina y la competitividad en soja
Ramiro Costa, Subdirector Ejecutivo de La Bolsa de Cereales, explicó que “hoy en día la tecnología agrícola aplicada en Argentina presenta brechas crecientes en comparación con la utilizada en países competidores”.
“Por ejemplo, Argentina podría alcanzar rápidamente una producción de 200 millones de toneladas (+40% respecto a los valores actuales) si se emplea un paquete tecnológico más avanzado y se generarán los incentivos adecuados desde la política agropecuaria”.
Si bien no hay estudio que dimensione el perjuicio económico que tiene el país por este problema, existe un diferencial entre Argentina y otros países que son grandes productores de soja como Estados Unidos y Brasil, los cuales acceden libremente a los últimos adelantos tecnológicos.
Si se compara la producción de de soja de estos tres países en los últimos 10 años intentando así equiparar el factor climático. En Argentina, la producción promedio de soja acumulada por hectárea alcanza los 28.190 kgs mientras que en Brasil asciende a 33.460 kgs y en USA 33.420 kgs-
La diferencia aproximada entre Argentina y los otros dos países en ese período es de 5.200 kgs (5,2 toneladas). Si esto se aplica a las 16,9 millones de hectáreas que en promedio Argentina ha cosechado cada año, la pérdida de producción es de 87,9 millones de toneladas. A un precio internacional ( FOB ) promedio de 440 dólares por tonelada, la pérdida para el país da un total de 38.676 millones de dólares en esos 10 años.