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Cristina Kirchner condenada: qué es la “inhabilitación perpetua” que le impide ser candidata y los dos atajos que podrían beneficiarla

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Condenada e inhabilitada de forma perpetua, la exvicepresidenta aún podría apelar a vías legales como el indulto o cortes internacionales.

El pasado 10 de junio de 2025, la Corte Suprema argentina confirmó la inhabilitación perpetua de Cristina Fernández de Kirchner para ejercer cargos públicos, sepultando su candidatura legislativa bonaerense.

Sin embargo, el derecho internacional y el ordenamiento jurídico interno ofrecen algunas vías excepcionales para revertir este escenario que permitirían desembocar en la reactivación de su carrera política.

Condenada e inhabilitada de forma perpetua, la exvicepresidenta aún podría apelar a vías legales como el indulto o cortes internacionales.

 Corte Interamericana: el camino de Petro

 La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) puede impulsar la nulidad de sentencias nacionales si se demuestra la violación de garantías procesales. En un antecedente con características similares a las de CFK, restituyó los derechos políticos de Gustavo Petro, actual presidente de Colombia, al considerar su inhabilitación como “censura indirecta”.

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“Caso Petro: La Corte IDH estableció que algunas inhabilitaciones equivalen a una violación de los derechos políticos”.

El organismo internacional encontró que “los derechos políticos de Petro se vieron afectados como consecuencia de la sanción disciplinaria de destitución como Alcalde de Bogotá e inhabilitación por el término de 15 años para ocupar cargos” que fue impuesta por la Procuraduría General de la República el 9 de diciembre de 2013.

Sin embargo, la sentencia de la CIDH se realizó el 8 de julio de 2020, 7 años después de la condena de la justicia Colombiana. Los plazos del organismo van de 4 a 9 años contemplando todos los procedimientos tanto de la Corte como de la Comisión Interamericana (donde se realiza la denuncia), y su sentencia puede no ser acatada por el Estado argentino. 

En el 2018, en un caso sobre libertad de prensa, el tribunal internacional pidió a la justicia revertir una sentencia contra el periodista Jorge Fontevecchia, sin embargo, la Corte Suprema resolvió no tomar el pedido porque significaría “transformar a la Corte IDH en una cuarta instancia”.

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La Corte Interamericana falló a favor del presidente Gustavo Petro en 2020

La defensa de Cristina anunció el 10 de junio la presentación de recursos ante el Sistema Interamericano (Comisión y Corte IDH), alegando “persecución judicial” (lawfare) y vulneración del derecho a defensa.

“Desde este mismo momento activamos todos los mecanismos de revisión internacional: La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. y cada foro jurídico multilateral donde aún se defienda el Estado de Derecho”, comunicó Gregorio Dalbón, abogado de la exmandataria en su cuenta de X.

Nulidad del juicio: el caso Lula

La propia Corte Suprema puede revocar o modificar sus fallos anteriores si cambia su criterio o si hay nuevos fundamentos, o si considera que se cometió un error material grave o se violó el debido proceso, lo puede hacer por “vía de revocatoria excepcional” o “cambio de jurisprudencia”.

En 2021, el Supremo Tribunal Federal Brasileño anuló las condenas de Lula porque el juez Sergio Moro actuó con “parcialidad” y colusión con fiscales. Esto se dio luego de una filtración mediática de chats incriminatorios entre los funcionarios judiciales. Es decir, Lula logró revertir su condena sin necesidad de probar su inocencia.

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 La defensa de CFK alega que tanto los jueces de primera y segunda instancia, como los jueces de la CSJN, coordinaron con actores del poder político y económico, y denunció el supuesto vínculo entre el expresidente Macri y los jueces de la Cámara de Casación Penal, como Mariano Borinsky, por visitar al menos 15 veces al exmandatario en Olivos. 

Para que el juicio y la condena por el Caso Vialidad sea declarado nulo, se deben demostrar vicios procesales graves como parcialidad judicial o manipulación de pruebas. De todas maneras, el Ministerio Público podría (aún con cuestionamientos) reabrir la causa si no llega a su prescripción.

Indulto presidencial: la carta del 2027

El artículo 99 inciso 5 de la Constitución autoriza al presidente a indultar condenas federales, aunque la rehabilitación está discutida en la doctrina jurídica.

En un hipotético escenario en el que las próximas elecciones presidenciales 2027 designen un presidente peronista dispuesto a realizar un indulto pese al costo político que esa decisión conlleva, la condena a CFK sería revocada y la pena privativa de su libertad no tendría efecto, pero hay diferentes interpretaciones respecto de las penas accesorias (inhabilitación perpetua).

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La postura amplia valida la posibilidad de indultar el fallo penal en su totalidad, incluyendo la inhabilitación, sin embargo, posturas más restrictivas consideran que el indulto solo extingue la pena privativa de libertad, pero no borra los efectos jurídicos accesorios de la condena, como la inhabilitación. 

La decisión la tomaría la Cámara Nacional Electoral o, en caso de judicializarse, la Corte Suprema de Justicia. Además, recientemente la diputada Silvina Giudici (PRO) presentó un proyecto para prohibir indultos a condenados por corrupción.

Rehabilitación: el artículo 20 ter del Código Penal

 Está prevista en el código penal la posibilidad de “rehabilitación” para el condenado, “transcurrida la mitad del plazo de la condena, o cinco años cuando la pena fuere perpetua” lo cual “restituye al uso y goce de los derechos y capacidades de que fue privado”, y dejaría agotada la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Para lograr su rehabilitación, el Código Penal establece una serie de requisitos obligatorios para el condenado: “se ha comportado correctamente, ha remediado su incompetencia o no es de temer que incurra en nuevos abusos y, además, ha reparado los daños en la medida de lo posible”. La situación judicial de la expresidenta y sus causas abiertas dificultan este procedimiento.

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